Los líderes mundiales apremiados a adoptar un Protocolo Climático de los Pueblos genuino en 2015

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IBON International urge a los líderes mundiales a prestar atención a las peticiones de los pueblos por la justicia climática aprobando un acuerdo climático global jurídicamente vinculante que se base en los principios de responsabilidades comunes pero diferenciadas (RCPD) y de desarrollo sostenible genuino.
 
La 20a sesión de la Conferencia de Partes (COP 20) tendrá lugar del 1 al 12 de Diciembre de 2014 en Lima, Perú para elaborar el borrador de un nuevo acuerdo climático para ser aprobado en París en 2015 y entrar en vigor en 2020 y sustituir al Protocolo de Kioto. La COP 20 está siendo considerada por muchos como una ‘última oportunidad’ para forjar un tratado climático que rechace las falsas soluciones climáticas para tratar la crisis climática, basadas en el mercado y orientadas al beneficio.
 
Los miles de millones de pobres urbanos y rurales del tercer mundo que sufren la mayoría de los impactos del cambio climático, provocados por el implacable saqueo de los recursos naturales del planeta en la búsqueda del beneficio, deben ser los más priorizados y los beneficiarios más urgentes de los programas climáticos relacionados con la adaptación y la mitigación.
 
A medida que los conflictos de interés entre los países desarrollados y en desarrollo se intensifican en las negociaciones por un nuevo protocolo, IBON International ofrece el siguiente posicionamiento político sobre mitigación, adaptación, y financiamiento que debería constituir los pilares esenciales de un nuevo protocolo climático:
 
Un esfuerzo global exhaustivo y conjunto pero diferenciado y equitativo para limitar el aumento de la temperatura mundial media por debajo de los 1.5 grados Celsius; 
Modos de implementación (MDI), procesos estrictos de monitoreo, revisión y verificación (MRV), y adaptación como un componente fundamental incorporado en el acuerdo de 2015;
 
Las Contribuciones intencionadas determinadas nacionalmente (CIDNs) claras, transparentes, y medibles deben ser jurídicamente vinculantes; deben cubrir un amplio rango de medidas climáticas, y estas basadas en el principio de RCPD;
Compromisos pre-2020 jurídicamente vinculantes de los países desarrollados que aporten a los países en desarrollo 50 mil millones de dólares en financiamiento climático en 2015, aumentando anualmente en 10 mil millones de dólares, hasta alcanzar los 100 mil millones de dólares en 2020 para mejorar el apoyo financiero climático para el periodo post-2020;
 
Los mecanismos institucionales, tales como el Fondo Verde para el Clima (FVC), el Fondo de Adaptación (FA), y el Comité Permanente de la COP sobre Financiación (CPF) deben estar anclados firmemente en los principios de gobernanza democrática y eficacia del desarrollo.
 
La COP 20 en Lima no debe desarrollarse de la manera habitual, es decir, exclusiva para los gobiernos y la influencia de los grupos lobistas corporativos. El proceso COP no debe excluir a las OSCs o restringir excesivamente el número de OSC participantes imponiendo requisitos irracionales sobre ellas.
 
IBON International se une al resto de la sociedad civil al presionar por un proceso inclusivo dentro y fuera de las COPs y reitera su petición de un Protocolo de los Pueblos sobre el Cambio Climático como un marco alternativo basado en los principios del desarrollo sostenible que pueda proveer soluciones a largo plazo a la crisis climática. ###